miércoles, 13 de mayo de 2015

Según explica el Ministerio del Trabajo, las vacaciones son una prestación social que consiste en el descanso remunerado al que tiene derecho todo profesional que hubiere prestado sus servicios, durante un año calendario, consistente en 15 días hábiles consecutivos.

En ese periodo de des conexión laboral no se pueden incluir festivos y domingos,    http://www.mintrabajo.gov.co/




Los valores establecidos para el año 2015 respecto a vacaciones y dominicales se muestran en nuestra figura de la derecha
Especificando hora ordinaria y hora nocturna en el caso de dominicales y festivas.
En lo que concierne a las vacaciones todas las liquidaciones se hacen por determinación de la constitución en el

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